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Sentencian a 15 años en prisión por difundir video íntimo de su expareja

Chetumal, a 6 de abril de 2026
(Herlindo Vázquez/FB)

Como resultado de las pruebas presentadas por la Fiscalía General del Estado, a través de la Fiscalía Especializada en Combate de Delitos Sexuales y el Libre Desarrollo de la Personalidad, un Juez dictó sentencia condenatoria de 15 años y seis meses de prisión en contra de Roger Armando Marín Uc, por los delitos de violación a la intimidad personal o familiar y extorsión, en agravio de una víctima de identidad reservada, en la ciudad de Chetumal.

Los hechos por los que fue sentenciado tuvieron lugar cuando la víctima solicitó el reconocimiento de paternidad y el pago de pensión alimenticia para sus dos hijos menores de edad. A partir de ello, promovió los juicios correspondientes, lo que derivó en una resolución judicial que obligó al acusado a registrar a los menores y cumplir con dicha obligación.

Posteriormente, el ahora sentenciado amenazó a la víctima con difundir un video de contenido sexual, grabado sin su consentimiento durante la relación que mantenían. Como consecuencia, la afectada desistió de la demanda de alimentos; sin embargo, en abril de 2016 inició nuevamente un juicio de alimentos.

Ante esta situación, el acusado reiteró las amenazas y envió el video con la finalidad de intimidarla, mismo que posteriormente apareció publicado en una red social. Además, la contactó para condicionarla a retirar la demanda, advirtiendo que difundiría el material en escuelas y guarderías. El video fue difundido en distintas ocasiones y enviado a personas cercanas a la víctima, con el propósito de presionarla para desistir de la acción legal.

Roger Armando Marín Uc recibió una sentencia de seis meses de prisión por el delito de violación a la intimidad familiar y/o personal, además de una multa de 7 mil 304 pesos. Asimismo, obtuvo una pena de 15 años de prisión por el delito de extorsión, acompañada de una multa de 58 mil 432 pesos, así como el pago de 52 mil 500 pesos por concepto de reparación del daño moral.

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