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Estrechan vigilancia a prestadores de servicios turísticos en Quintana Roo

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Quintana Roo quedó facultado para fungir como verificador del cumplimiento de la Ley General de Turismo, su reglamento y las normas oficiales mexicanas del sector.

Así lo establece el convenio de coordinación, suscrito entre el gobierno del estado y la Secretaría de Turismo (Sectur) del gobierno federal, permite que el personal de la Secretaría de Turismo de Quintana Roo practique visitas en los establecimientos del territorio y revise si los prestadores cumplen lo que esas normas les exigen. 

El convenio ingresado a la Comisión Nacional de Mejora Regulatoria (Conamer) prevé la expedición de órdenes de visita expedidas por la Dirección General de Normalización y Verificación de la Sectur. El estado hará la diligencia, integrará el expediente y lo remitirá a esa dirección, que desarrollará el procedimiento de infracción hasta el resolutivo y notificación al prestador. 

La Federación no cede la facultad de origen, conserva la supervisión y puede revisar en cualquier momento las acciones que realice el estado.

Lo que se busca es constatar el cumplimiento de la normativa en materia turística, su reglamento y la Ley de Infraestructura de la Calidad en lo vinculado a las normas oficiales mexicanas de turismo y a los estándares de la materia, conforme a la Ley Federal de Procedimiento Administrativo. 

En la visita se revisa que el prestador exhiba la documentación que acredite esas obligaciones y que el servicio se preste en los términos que la norma fija para proteger la seguridad y los derechos del turista. Las visitas se concentran en quienes ya tienen quejas o inconformidades registradas. En cada caso el estado señala por oficio las infracciones que se atribuyen al establecimiento, para que la orden precise el objeto y el alcance de la diligencia y no se dupliquen funciones con la autoridad federal.

El personal que practique la visita debe acreditar conocimientos o capacitación en materia turística, legal o administrativa, no contar con antecedentes penales y no haber sido sancionado por falta administrativa. La credencial la emite la secretaría federal y queda sin efecto si la persona deja el encargo. Dentro de los primeros diez días naturales de cada mes el estado envía el reporte de las actividades del mes anterior y los expedientes en formato digital a la Dirección General de Normalización y Verificación. No hay pago de una parte a la otra: cada quien cubre los gastos que le genere el convenio.

El instrumento tiene vigencia hasta el 24 de septiembre de 2027, y solo puede modificarse por escrito. Cualquiera de las partes puede darlo por terminado con un aviso de al menos quince días naturales, con la precisión de que las visitas ya iniciadas se continúan hasta su conclusión. 

El anexo único es el Manual para la verificación de prestadores de servicios turísticos, que fija el guión de presentación del verificador, el llenado del acta circunstanciada y los formatos que se usan cuando el prestador recibe la visita, cuando se niega a recibirla o cuando el establecimiento ya no opera, cambió de giro o está cerrado.

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