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El Teqroo batea aspiraciones de Luis Gamero: está impedido para ser candidato

Chetumal, 5 de marzo
(Cambio22)

El Tribunal Electoral de Quintana Roo (Teqroo), por unanimidad de votos, confirmó el acuerdo del Consejo General del Instituto Electoral de Quintana Roo (Ieqroo), por medio del cual atendió la consulta presentada por el ciudadano Luis Gamero Barranco y por segunda vez le contestó que no puede ser candidato en este proceso electoral por ser inelegible al estar sancionado por violencia política de género.

A través del Juicio para la Protección de los Derechos Político Electorales de la Ciudadanía Quintanarroense -JDC/002/2024-, Luis Gamero impugnó el referido acuerdo, en espera que el tribunal se pronunciara sobre la constitucionalidad de la fracción V del artículo 17 de la Ley Electoral local, pero el tribunal ni siquiera entró al estudio de este asunto.

En este caso, el Teqroo declaró infundados e inoperantes los agravios presentados por Gamero Barranco, porque, contrario a lo que planteó el morenista, el Ieqroo no fue omiso al dar respuesta a la consulta planteada, pues atendió en su totalidad todos y cada uno de los planteamientos realizados.

También consideró que el acuerdo está debidamente fundado y motivado, pues en el mismo, se exponen los argumentos suficientes y claros, así como los preceptos legales que lo sustentan; de igual manera tampoco hubo variación en el caso, pues atiende la consulta en los términos que se presentó; y por ello, en conclusión, el acuerdo está apegado a derecho.

Por otra parte, resultaron inoperantes los agravios, porque el actor alega una supuesta vulneración a su derecho de ser votado, en atención a lo dispuesto en la fracción V del artículo 17, de la Ley de Instituciones y Procedimientos Electorales del Estado; pero el Teqroo consideró que Sala Regional Xalapa del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) ya se pronunció al respecto, sosteniendo que la referida disposición legal persigue un fin constitucionalmente legítimo, que es una medida idónea y necesaria, por lo tanto, es proporcional.

Asimismo, el tribunal consideró que Gamero introdujo aspectos novedosos, pues pretendía hacer valer ante él cuestiones que en su momento no planeó ante el Ieqroo.

En este asunto, la Magistrada Claudia Carrillo Gasca emitió un voto concurrente razonado, y en su intervención consideró que, con esta impugnación, a Luis Gamero no le queda claro que ya fue sentenciado por violencia política de género y quedó inscrito en el registro de sancionados por esa causa, asunto que ya es una cosa juzgada y firme, porque deriva de una sentencia de la Sala Xalapa del TEPJF confirmada por la Sala Superior, misma que el Ieqroo no puede invalidar.

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