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Consulta libre, previa, informada y culturalmente pertinente

Visión Intercultural

Francisco J. Rosado May
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El 9 de agosto se conmemoró el Día Internacional de los Pueblos Indígenas, establecido por la Asamblea General de la ONU en diciembre de 1994. En septiembre de 2007, la ONU adoptó la Declaración de las Naciones Unidas sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas en su 61ª sesión.

Las dos decisiones antes mencionadas otorgan reconocimiento global a los pueblos Indígenas, lo cual busca proteger sus derechos, valorar sus culturas, preservar sus lenguas y tradiciones. También se reconoce el papel de los Indígenas como Guardianes del Planeta, ya que a pesar de que sus territorios cubren alrededor del 28% de la superficie mundial, albergan el mayor porcentaje de la biodiversidad de nuestro mundo. Asimismo, se abre el espacio para su contribución significativa en procesos interculturales de cocreación de conocimiento en materia de salud, nutrición, partería, producción sostenible de alimentos, artes, etc.

Uno de los derechos para el desarrollo sostenible participativo, que destaca en el proceso de reconocimiento a los pueblos Indígenas, es la consulta libre, previa, informada y culturalmente pertinente. Es un derecho de los pueblos Indígenas que obliga al gobierno, instituciones y particulares a consultar a las comunidades antes de aprobar leyes, proyectos o medidas que puedan afectar a sus territorios, recursos o formas de vida. Esto es relevante hoy que nuestro país está de lleno en la consulta sobre la Ley de General de los Derechos de los Pueblos Indígenas y Afromexicanos, que termina el 13 de septiembre.

Es previo porque se debe hacer con suficiente tiempo, ANTES de tomar cualquier decisión, autorizar proyectos o iniciar obras. Es libre porque debe realizarse sin presiones, amenazas, engaños, coerción o manipulación. Es informado porque se debe entregar a todos los participantes información completa, datos claros y accesibles, alcances y posibles impactos del proyecto y cómo se propone atender esos impactos. Es culturalmente pertinente porque se debe hacer con base en los usos, costumbres y lengua accesible a las personas consultadas para que se pueda entender con claridad lo que se va a consultar.

Ya hemos tenido una experiencia importante sobre este proceso a finales de 2019 cuando se hizo la consulta sobre el tren maya. La Oficina en México del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos señaló, en resumen, que la consulta sobre el tren maya no cumplió con todos los estándares internacionales en la materia (https://hchr.org.mx/comunicados/onu-dh-el-proceso-de-consulta-indigena-sobre-el-tren-maya-no-ha-cumplido-con-todos-los-estandares-internacionales-de-derechos-humanos-en-la-materia/).

Cambiar inercias en un país no acostumbrado a las consultas es difícil. ¿Por qué no se analiza, discute e implementan acciones que vayan conduciendo al país a ser ejemplo no solo de respeto a acuerdos internacionales, sino para construir una mejor sociedad?

Por ejemplo, estamos acostumbrados en las universidades a que los profesores generen un programa del curso que impartirán en un ciclo académico. Especialmente en las instituciones donde la población Indígena es alta, como las interculturales, el curso y la forma de su evaluación DEBEN ser consensados con los estudiantes siguiendo las mismas bases de consulta previa, libre, informada y culturalmente pertinente. Como este ejemplo hay muchos más en nuestro entorno.

Punto y aparte.

NO a los intentos de callar opiniones y/o medios que en forma ética y libre expresamos puntos de vista que pueden ser diferentes a las versiones oficiales.

Es cuanto.

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